¿Por
qué hablar de derechos humanos?
Los Derechos Humanos responden a las necesidades
de las personas, grupos y sociedades y garantizarlos promueve el ejercicio de
la dignidad.
El concepto de Derechos Humanos es
integral, ya que son interdependientes, es decir que no hay un derecho más
importante que otro, lo que implica que la violación a uno solo de ellos,
repercute en múltiples violaciones, además que la realización de un derecho
posibilita la realización de otros.
El concepto derechos humanos es
universal e incluyente, ya que son necesarios para todas y cada una de las
personas, tanto en lo individual como en lo colectivo, en el marco de la
situación histórica, temporal y cultural que rodea la convivencia de las
personas.
Por lo tanto, el modo de realización
de los derechos humanos depende de la situación social, política y cultural
de los grupos humanos que los ejercen, defienden y reivindican.
Reconocemos, pues que la universalidad
de los derechos humanos está dada en tanto los seres humanos somos distintos,
es decir, nadie tiene que renunciar a su identidad, forma de ser o de pensar
para poder ejercer sus derechos.
Además esta noción de derechos humanos
se ofrece como discurso para la acción social, ya que su fuente es popular,
alimentada por distintos sectores de la sociedad (mujeres, indígenas,
ecologistas, trabajadores, etc.) que reivindica la integralidad, la
interdependencia, la colectividad y la equidad.
Los Derechos Humanos son:
¿Qué
son los Derechos Humanos?
Son todo lo que necesitamos para vivir
dignamente, es decir, todo lo que las personas y colectivos requieren para
desarrollarse plenamente, como una buena alimentación, educación, salud,
empleo, un medio ambiente sano, respeto a la integridad física y psicológica,
libertad de expresión, de religión, de tránsito y muchas cosas más.
Representan además, instrumentos que promueven el respeto a la dignidad
humana, a través de la exigencia de la satisfacción de dichas necesidades.
¿Dónde
se encuentran los Derechos Humanos?
Estos Derechos deben ser reconocidos y
garantizados por el Estado, por ello es que muchos se encuentran consagrados
en normas jurídicas nacionales, como la Constitución (son las llamadas
Garantías Individuales) y las leyes que derivan de ella.
Además, existen muchos documentos
internacionales (conocidos como instrumentos internacionales) que obligan a
los gobiernos a respetar, garantizar, proteger y promover los derechos
humanos de todos las personas y colectivos. Algunos de los más importantes son:
la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos
Sociales y Culturales y la Convención Americana de Derechos Humanos.
¿Qué
son los DESCA?
Son las siglas de los denominados
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales, que en términos de
la teoría tradicional aparecen en la segunda generación de los Derechos
Humanos, aunque desde un perspectiva más amplia podemos decir que forman
parte indispensable para la realización de una vida digna. Destacan los
Derechos a la Educación, Vivienda, Salud, Alimentación, Trabajo, Medio
Ambiente Sano, No Discriminación, etc.
Además, por diversas razones, entre
las que sobresalen la falta de desarrollo de contenidos así como la ausencia
de mecanismos eficaces para su exigibilidad y justiciabilidad, se han
considerado erróneamente cuasi Derechos.
¿Cuál es
relación entre la falta administrativa, el delito y
la violación a Derechos
Humanos?
Aunque los tres conceptos están
mutuamente relacionados, es necesario plantear algunas características
básicas, que permitan diferenciarles.
¿Qué es
una falta administrativa?
Es una conducta que altera el orden
público, ciertas reglas de convivencia o ciertas costumbres de un lugar. Sin
embargo, una falta administrativa no daña de manera grave la propiedad, la
salud o la integridad de las personas.
¿Qué es
un delito?
Es una conducta que daña de manera
grave la propiedad, las posesiones o la integridad de las personas o de una
comunidad (incluso, en algunos casos, de la Nación entera). Aunque hay
delitos más graves que otros, en todos ellos hay un daño.
Los delitos se describen en el Código
Penal (en los que existen para cada uno de los Estados). Son responsables de
un delito la persona, o personas, que lo comete, los autores intelectuales
(la gente que lo planea). Se castigan con multa y/o privación de la libertad.
¿Qué es
una violación de los Derechos Humanos?
Hablamos de violación a los derechos
humanos cuando los funcionarios, servidores públicos o autoridades abusan del
poder que tienen, vulnerando o negando los derechos de las personas o,
incluso, cuando amenazan con negarlos, no respetarlos o no hacerlos respetar.
Si el Estado no respeta y garantiza
los derechos humanos, si no sanciona a los responsables de violarlos se
convierte en:
Debe ser denunciado a la comunidad
internacional. Corresponde a todos, autoridades y ciudadanos cuidar que los
derechos humanos sean respetados, promovidos y difundidos en la sociedad y en
cada familia.
¿Quiénes
son las víctimas de una Violación a Derechos Humanos?
Son las personas directamente
afectadas en un hecho.
¿Qué es
la cultura de respeto a los Derechos Humanos?
La definición de Derechos Humanos
propuesta, propone y supone una cultura de respeto a los derechos humanos en
la que dicho goce, ejercicio y exigencia reclama tanto al Estado sobretodo en
lo que se refiere a justicia, entendida como la posibilidad de goce y
ejercicio equitativo de todos los derechos humanos.
Esta noción de cultura implica el
trabajo arduo y participativo de la sociedad en general, buscando el respeto
para la dignidad de todas las personas, promoviendo un mundo más habitable y
armonioso.
¿Cuáles
son las obligaciones del Estado en materia de Derechos Humanos?
1) Respetar:
2) Proteger:
3) Asegurar un mínimo esencial para el
disfrute de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
(DESCA):
4) Promover:
5) Establecer y cumplir con los
objetivos que demuestren progreso:
6) Adoptar medidas inmediatas:
7) Satisfacer:
8) Sancionar los delitos cometidos por
servidoras/es públicos o personas.
9) No discriminación:
¿Qué es
la discriminación?
Es toda distinción, exclusión o
restricción en cualquier ámbito y a cualquier persona, grupo o entidad
colectiva, que basada en el origen étnico o nacional, el género, la edad, las
capacidades diferentes, la condición social o económica, las condiciones de
salud, el embarazo y la función reproductiva, la lengua, la religión, las
opiniones, la orientación sexual, el estado civil, la filiación o militancia
política y/o ideológica, o cualquier otra, tenga por objetivo o resultado
impedir, anular o menoscabar el reconocimiento o el ejercicio de los derechos
humanos en condiciones de igualdad.
Se considera también discriminación el
antisemitismo, la xenofobia, la homofobia, el racismo y el sexismo, así como
cualquier expresión –verbal, escrita o gráfica- que tenga como fin incitar al
odio, menospreciar, estigmatizar o estereotipar.
¿Dónde
se refleja la discriminación?
La discriminación así entendida
atraviesa las esferas social, cultural, política y económica de las
sociedades. Se refleja en la vida cotidiana, en el lenguaje, en los medios de
comunicación, en las acciones u omisiones de los gobiernos, en las relaciones
sociales concretas que entablamos con nuestros vecinos, los adultos mayores,
nuestros niños y niñas, las personas que viven con VIH/SIDA, los homosexuales
y las lesbianas, las mujeres, los/as indígenas, los/as extranjeros, los/as
migrantes, los/as que profesan una religión diferente de la nuestra, los/as
que tienen limitaciones físicas, los/as que nada tienen.
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miércoles, 23 de octubre de 2013
APUNTES CONCEPTUALES DE LOS DERECHOS HUMANOS
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